El nuevo Decreto de turismo de Cataluña regula nuevos productos turísticos
Después de un largo período de tramitación, que se inició en el año 2015, el Gobierno catalán ha aprobado el nuevo Decreto del reglamento de turismo de Cataluña. En esta normativa el Ejecutivo ha regulado y definido la actividad turística, ha actualizado los requisitos de clasificación y las características de los alojamientos turísticos y ha eliminado prohibiciones «innecesarias» para favorecer la competitividad en el sector.

Los denominados ‘alojamientos singulares’ y los ‘hogares compartidos’ son algunas de las principales novedades. El nuevo Decreto crea la figura de los ‘alojamientos singulares’. Se trata de alojamientos que no encajan bajo ninguna de las modalidades vigentes de alojamiento turístico como podrían ser las cabañas en los árboles, las barracas de piedra seca entre viñedos, las cuevas, … Los nuevos alojamientos, que podrán tener una capacidad máxima de 6 plazas, no podrán ubicarse en vehículos, aeronaves o embarcaciones.

El nuevo decreto también presenta novedades en los alojamientos al aire libre. Establece una nueva regulación para las áreas de acogida de las autocaravanas en tránsito. El tiempo máximo de estancia es de 48 horas. También se pasa a identificar las categorías de los campings de 2 a 5 estrellas.
En el caso de la vivienda de uso turístico o del turismo rural también se incorporan modificaciones relacionadas con la capacidad máxima de este tipo de establecimientos.



