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TT.OO. AA.VV.

Desconcierto general sobre la normativa del IVA para las agencias de viajes

Una sentencia del tribunal de Justicia de la Unión Europea obliga al Gobierno español a aplicar la normativa del IVA para las agencias de viajes de acuerdo con la interpretación comunitaria. La sentencia más que clarificar el marco legislativo lo ha complicado aún más. El desconcierto en el sector de las agencias con la interpretación de esta norma es total.

Esta reclamación viene de lejos cuando en marzo de 2007 la Comisión remitió un requerimiento al Gobierno señalándole la incompatibilidad del las normas españolas del IVA en lo que respecta al régimen especial de las agencias de viajes. La Comisión consideraba que este régimen especial sólo es aplicable en caso de venta de viajes al consumidor final viajero. A pesar de ello el Tribunal sí acepta como legal este régimen cuando las agencias venden paquetes combinados a otras empresas intermediarias.

Y es que el régimen especial estaba pensado para simplificar una aplicación del IVA cuando en la factura se incorporan diferentes servicios del viaje que se realizan en países diferentes y con impuestos diferentes.

El Tribunal de Justicia europeo detalla los incumplimientos del Estado español en tres ámbitos concretos:

– al excluir de la aplicación de dicho régimen especial las ventas al público, por parte de las agencias minoristas que actúan en su propio nombre, de viajes organizados por las agencias mayoristas.

– al autorizar a las agencias de viajes, bajo determinadas circunstancias, a consignar en la factura una cuota global que no guarda relación con el impuesto sobre el valor añadido efectivo repercutido al cliente

– y al autorizar a este último, siempre que sea sujeto pasivo, a deducir esa cuota global del IVA pagadero, y al autorizar a las agencias de viajes, en la medida en que se acojan al régimen especial, a determinar la base imponible del impuesto de forma global para cada período impositivo.

A pesar de la sentencia las interpretaciones y el grado de afectación que puede tener sobre el sector de las agencias ha puesto en el disparadero a parte del sector. Algunos afirman que ahora hasta 20 Estados deberán cambiar su normativa de IVA para agencias. Otros opinan que la sentencia podría provocar la expulsión de las agencias del segmento corporativo ya que las empresas no podrán deducirse el IVA de la contratación del viaje vía intermediario mientras que sí lo harán si contratan directamente con el proveedor. En resumen, un desconcierto total.

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