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¿Qué ha cambiado y qué implica para el sector turístico las normas de compensación por retrasos en vuelos?

El Consejo de la Unión Europea ha aprobado una reforma del Reglamento CE 261/2004 que supone un cambio significativo —y polémico— en los derechos de los pasajeros aéreos. Las nuevas disposiciones aumentan el tiempo mínimo de retraso a partir del cual las aerolíneas están obligadas a indemnizar a los viajeros, y reducen las cuantías compensatorias según la distancia del vuelo. Todo ello en un contexto de récords históricos en el tráfico aéreo y un aumento de las incidencias operativas.

Nuevos umbrales de retraso

Hasta ahora, cualquier vuelo con un retraso superior a 3 horas podía dar derecho a una compensación económica por parte de la aerolínea. Con el nuevo marco normativo, eso cambia:

  • Vuelos de hasta 3.500 km: solo habrá derecho a compensación a partir de 4 horas de retraso.
  • Vuelos de más de 3.500 km: el umbral se amplía hasta las 6 horas de retraso.

Según datos de la plataforma AirHelp, este cambio implica que un 60% menos de pasajeros podrán reclamar compensación por retrasos, lo que reduce drásticamente el nivel de protección.

Menos dinero para los pasajeros

También se modifican las cuantías máximas de compensación económica:

Distancia del vuelo Compensación actual Nueva compensación
Hasta 1.500 km 250 € No especificado
Entre 1.500 y 3.500 km 400 € 300 €
Más de 3.500 km 600 € 500 €

 ¿Equipaje de mano de pago?

Otro punto conflictivo de la reforma es que se menciona expresamente la posibilidad de que las aerolíneas cobren por transportar equipaje de mano en cabina, más allá de un objeto personal (como una mochila pequeña o un maletín) que quepa bajo el asiento. Aunque la justicia europea había fallado en contra de esta práctica, el nuevo texto deja abierta la puerta a su regulación, lo que ha generado inquietud entre organizaciones de consumidores y autoridades como el Ministerio de Consumo español.

Un sector dividido y una decisión no definitiva

La votación del Consejo fue muy ajustada, con la oposición de países como España, Alemania, Portugal y Eslovenia, que consideran que el texto representa un claro retroceso en los derechos de los consumidores. Ahora el reglamento pasará al Parlamento Europeo, que podrá introducir enmiendas antes de su aprobación definitiva.

Las aerolíneas han presionado para ampliar los umbrales alegando que la normativa actual las obligaba a cancelar vuelos para evitar compensaciones. La patronal ALA considera que el cambio permitirá mantener operativas más rutas.

Por el contrario, para las empresas del sector turístico —operadores, agencias, OTA, alojamientos— estas reformas podrían incrementar el malestar del cliente final, ya que habrá más retrasos no compensados y una percepción de desprotección creciente. Este nuevo contexto obliga a revisar las políticas de atención al cliente ante incidencias en vuelos, especialmente en servicios combinados o paquetes dinámicos.

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